El expresidente de Argentina, Alberto Fernández, ya no podrá evitar el juicio oral en la causa por presunta violencia de género contra su exesposa, Fabiola Yáñez. Un tribunal federal de segunda instancia rechazó el martes por dos votos contra uno la apelación presentada por Fernández contra su procesamiento, dictado en febrero pasado. Sin posibilidad de nuevos reclamos de la defensa, el juez Fabián Ercolini podrá ahora poner fecha al juicio oral en un plazo que no suele superar los 60 días. Fernández está acusado de amenazas y lesiones graves contra Yáñez cuando ambos compartían la residencia presidencial de Olivos, entre 2019 y 2023.
En su fallo de rechazo a la apelación del Fernández, el juez Irurzum sostuvo que “los hechos concretos y objetivos que fueron preliminarmente acreditados en la causa, que incluyeron lesiones y otras formas de violencia de género […] ciertamente fueron la causa de un marcado deterioro en las condiciones de salud de la víctima”. Para Eduardo Farah, que también votó por el rechazo, la imputación contra el expresidente no fue “vaga ni deficiente”, como sostiene la defensa cuando intentó recusar a Ercolini durante la instrucción. “Que las explicaciones brindadas y los cuestionamientos efectuados por Fernández en su indagatoria no recibieron ‘ninguna atención por parte del juez interviniente’ no se compadece con la realidad”, afirmó. El juez Roberto Boico, en cambio, propuso la falta de mérito para Fernández con el argumento de que la valoración de la prueba “ha evidenciado un sesgo que omite elementos que la refutan, debilitando así la solidez de la acusación”.
La decisión del tribunal no es una buena noticia para Fernández, que insiste desde el primer día de su inocencia. Durante el juicio oral, un tribunal independiente analizará las pruebas acumuladas por la querella y los argumentos de la defensa. La pena máxima que enfrenta Fernández es de 18 años de prisión.
A finales de febrero pasado, el juez Ercolini procesó a Fernández por dos casos de violencia con lesiones contra Fabiola Yáñez. La decisión supuso que, tras leer los informes del fiscal y de escuchar las declaraciones de Yáñez, el acusado y decenas de testigos, se encontraron pruebas, y no solo indicios, suficientes como para avanzar en un juicio contra el expresidente.
El fallo consideró sólidas las pruebas en dos episodios de violencia de género. El primero, un golpe de puño que Fernández propinó a Yáñez en un ojo la noche del 21 de junio de 2021 en la residencia presidencial. El segundo, un forcejeo al día siguiente que dejó en la exprimera dama hematomas en un brazo. Yáñez registró los moretones en fotos que envió a la secretaria del presidente, María Cantero, a quien consideraba su confidente. Las imágenes llegaron por casualidad al juez durante la apertura del teléfono de Cantero en el marco de una investigación por presunta corrupción.
Ercoloni sumó a las agresiones físicas, lesiones psicológicas y amenazas. A lo largo de la relación, que se inició en n2015, antes de que Fernández llegase a la presidencia, y terminó poco antes del final de su mandato, en 2019, el expresidente ejerció contra su pareja, dijo el juez, “acoso, hostigamientos, controles, indiferencia, insultos, culpabilización, destrato, retiro de la palabra, ninguneos y hostilidad”. Según el fallo, el expresidente utilizó además la vulnerabilidad económica de su exesposa para manipularla. Le prometió que si no presentaba cargos “en el futuro no les faltaría nada ni a ella ni a su hijo” de dos años y medio. Caso contrario, iba a “arruinarla”.
Fernández rechazó los cargos con el argumento de que la relación que mantenía con Yáñez era de una violencia de ida y vuelta y que las lesiones que mostró eran producto de caídas tras el consumo excesivo de alcohol. Este miércoles, insistió con sus versión. En una entrevista radial, dijo que los golpes que se investigan “nunca existieron” y que Yáñez “tiene una enfermedad psiquiátrica”.