El Tribunal de Disciplina de la AFA anunció este jueves las sanciones por los incidentes que se produjeron tras el final del partido por la Supercopa Internacional, que Rosario Central le ganó 3 a 1 a Estudiantes en el estadio Madre de Ciudades de Santiago del Estero. Fueron determinaciones fuertes e iguales: tres meses de suspensión para el presidente del Pincha, Juan Sebastián Verón; para el vice, Pascual Caiella, y para el secretario deportivo del club, Marcos Angeleri.
El argumento del órgano que conduce Fernando Mitjans es que los tres ingresaron en forma indebida al campo de juego y tuvieron conducta incorrecta dentro del mismo.
¿Qué implica esta sanción? Que estos tres dirigentes no podrán representar al club en actos de la AFA. Por ejemplo, si el Pincha llegase a la final del torneo Clausura, estarían impedidos de participar de la premiación. Tampoco podrían presenciar en un palco oficial un partido de la Selección o participar de reuniones del Comité Ejecutivo, aunque el club ya no era parte de esos encuentros. La Bruja seguirá con su rol al frente del club y tomar las determinaciones que quiera por su rol en la institución.
Esta sanción se conoció un día después de la reunión de Verón y otros dirigentes con Stefano Di Carlo, presidente de River, en el Monumental. Y en el mismo día en el que la Conmebol no autorizó a Marcos Rojo para jugar la Copa Libertadores.
El Tribunal tomó la determinación luego del descargo del club y con el informe que presentó el referí de ese partido, Darío Herrera, quien aseguró que los tres lo habían insultado y describió las palabras.
Tras el partido que ganó el Canalla, Verón se subió al escenario montado en medio de la cancha para entregarles la medalla por el segundo puesto a sus jugadores, pero el presidente de la AFA, Claudio Tapia, solo lo hizo para premiar a los de Rosario Central.
1º) SANCIONAR al Presidente del Club Estudiantes de La Plata, Sr. Juan Sebastián Verón, con tres (3) meses de suspensión, por su ingreso no autorizado al campo de juego y conducta incorrecta hacia la autoridad arbitral al finalizar el encuentro, conforme a lo normado en los artículos 12, apartados 1, 2 y 3 inciso c), 13 y 23 del Código Disciplinario.
2º) SANCIONAR al Vicepresidente 2º del Club Estudiantes de La Plata, Sr. Pascual Caiella, con tres (3) meses de suspensión, por su ingreso no autorizado al campo de juego e intervención en los incidentes registrados al término del encuentro, conforme a lo normado en los artículos 12, apartados 1, 2 y 3 inciso c), 13 y 23 del Código Disciplinario.
3º) SANCIONAR al Director Deportivo del Club Estudiantes de La Plata, Sr. Marcos Alberto Angeleri, con tres (3) meses de suspensión, por su ingreso no autorizado al campo de juego y desaprobación hacia la autoridad arbitral al finalizar el encuentro, conforme a lo normado en los artículos 12, apartados 1, 2 y 3 inciso f), 13 y 23 del Código Disciplinario.
4º) SANCIONAR al Club Estudiantes de La Plata con una multa equivalente a quinientas (500) v.e., en razón de las infracciones acreditadas respecto de sus autoridades e integrantes de su delegación en el campo de juego y en el sector de vestuarios, y de conformidad con las facultades de determinación y graduación de las medidas disciplinarias que corresponden a este Tribunal (arts. 5, 7, 12 apartado 3 inciso a, y 23 del Código Disciplinario).










