El Superior Tribunal de Justicia ratificó la condena para L.O.M., autor del homicidio criminis causa ocurrido el 18 de mayo de 2022 en barrio INTA de Trelew. La víctima recibió más de 14 puñaladas por la espalda mientras caminaba por la vía pública.
El hecho se produjo el 18 de mayo de 2022, entre las 3 y 3:15, cuando Darío Miguel Haro caminaba por la calle Río Pico, entre Viedma y Rifleros del Chubut, en el barrio INTA de Trelew. Según la investigación, L.O.M., quien cumplía arresto domiciliario a pocos metros, lo alcanzó por detrás, empuñando un arma blanca y con intenciones de robo.
Aprovechando la sorpresa, el agresor le propinó no menos de catorce puñaladas en distintas partes del cuerpo. La víctima recorrió unos metros hasta caer sin vida. Tras el ataque, el imputado sustrajo un celular y un juego de llaves antes de regresar a su domicilio.
Confirmación de la condena
El tribunal colegiado de Trelew, integrado por los jueces Marcos Nápoli, Fabio Monti y Ana Karina Breckle, había declarado a L.O.M. culpable de homicidio criminis causa, es decir, homicidio cometido para consumar otro delito (robo), conforme a los artículos 80 inciso 7 y 45 del Código Penal.
El Superior Tribunal de Justicia, presidido por Javier Raidan e integrado por los ministros Camila Banfi, Ricardo Napolitani, Andrés Giacomone, Silvia Bustos y Mario Vivas, ratificó la condena de 15 años de prisión. El fallo destacó la gravedad del hecho, la modalidad del ataque y las circunstancias personales del imputado.
Antecedentes del imputado
Cabe recordar que, al momento del homicidio, L.O.M. aún era menor de edad y se encontraba cumpliendo medidas socioeducativas por otro crimen: el asesinato de Benito Limonao, quien también recibió más de catorce puñaladas y fue víctima de un robo posterior al ataque. Tras cumplir la mayoría de edad, el imputado fue juzgado por el hecho ocurrido contra Haro.
La Fiscalía, a cargo de Lucas Koltsch y Gustavo Núñez, sustentó la imputación mediante indicios múltiples y concordantes que determinaron la autoría de L.O.M. La defensa había presentado una queja ante el Superior Tribunal, que finalmente respaldó la sentencia original.










