Tiros en la Oficina Judicial: Conceden domiciliaria a Brenda Rúa que está embarazada 

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Por pedido de la defensa de Brenda Rúa, este jueves por la mañana se realizó una audiencia de revisión de la prisión preventiva ante dos jueces penales de Esquel, en modalidad semipresencial. El defensor particular, Mauro Fonteñez, solicitó revocar la resolución de la jueza natural que había mantenido la medida de coerción y pidió que se morigere disponiendo el arresto domiciliario de su asistida.

Fonteñez argumentó que la magistrada no consideró nuevos elementos médicos vinculados al estado de salud de Rúa, quien -según sostuvo- no tolera ingerir alimentos ni líquidos. También planteó que se rechazó el ingreso del médico particular que la atendió y citó la Convención de Belem Do Pará y la Convención sobre los Derechos del Niño, enfatizando el interés superior del niño por nacer, ya que Rúa está embarazada.

En contraposición, el representante del Ministerio Público Fiscal, Maximiliano Morsucci, solicitó que se confirme la resolución de la jueza Tassello, al entender que fue “adecuada a Derecho y debidamente fundada”. Recordó la gravedad del hecho imputado, caratulado provisionalmente como tentativa de homicidio doblemente agravado por el concurso premeditado de dos o más personas y por el uso de arma de fuego. Añadió que Rúa fue detenida en cuasi flagrancia y que su evaluación médica debía ser realizada por el Cuerpo Interdisciplinario Forense, no por un profesional de parte.

Tras deliberar, el tribunal de revisión -integrado por los jueces Jorge Novarino y Martín O´Connor- resolvió hacer lugar al planteo de la defensa y dispuso el arresto domiciliario de la imputada. 

Los magistrados argumentaron que, de ser condenada, Rúa podría acceder al beneficio previsto en el artículo 10 incisos e) y f) del Código Penal, por lo que mantener la prisión preventiva implicaría una medida más gravosa que la eventual pena.

El tribunal también consideró el estado de embarazo de la coimputada, destacando la necesidad de proteger los derechos del niño por nacer y reconocer la situación de vulnerabilidad de la mujer gestante. No obstante, dejaron en claro que la resolución no desconoce la gravedad del hecho ni la elevada expectativa de pena que enfrenta.

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