Carta Abierta a Kristalina Georgieva  

Carta Abierta a Kristalina Georgieva  

Marzo 14, 2025

Sra. Kristalina Georgieva
Directora-Gerente del Fondo Monetario Internacional
Washington, D.C.

El gobierno argentino ha dicho que cuenta con una firme promesa del FMI según la cual se le extendería un nuevo préstamo a este atribulado país. No hace falta ser un observador demasiado agudo de la realidad nacional para comprobar el triple propósito que subyace a ese presunto salvataje financiero. Primero, estabilizar la frágil situación del extravagante proyecto económico del gobierno de la ultraderecha; segundo, aplacar la crecientemente desencantada y enojada opinión pública local ante el derrumbe de los ingresos de los asalariados, trabajadores precarizados y jubilados y pensionados, cosa que la multitudinaria marcha del último miércoles y la feroz represión gubernamental demostró con contundencia ; y, tercero, tal como se hiciera en el año 2018 con el préstamo otorgado al gobierno de Mauricio Macri, mejorar las chances electorales del oficialismo para las cruciales elecciones de medio término a celebrarse en octubre de este año. De lo anterior se desprenden una serie de cuestiones que quisiera someter a su consideración.

Usted y el Directorio del FMI deben saber que quien solicita el auxilio del FMI, el presidente Javier Milei, es un personaje sobre quien pesa una evidencia irrefutable que lo señala como partícipe necesario de la mayor estafa en la historia de las criptomonedas –a él tanto como a su entorno más cercano– según la prensa especializada mundial: The Economist, Forbes, Financial Times, Bloomberg y periódicos globales como el New York Times. En poco contribuirá a mejorar la cuestionada imagen del FMI que se le preste dinero a un personaje sobre quien recaen tales acusaciones. Se trata, a su vez, de alguien que ha socavado como ningún otro presidente desde 1983 el funcionamiento de las instituciones democráticas, violentado la separación de poderes, generalizando la escandalosa compraventa de votos en el Congreso y carcomido no sólo al Estado, que pretende destruir, sino los fundamentos mismos del orden republicano. En pocas palabras, por sus hechos tanto como por sus exabruptos verbales, Javier Milei se encamina a convertirse en un peligroso autócrata.

Pero además, como si lo anterior no fuera una prudente advertencia, Milei pretende solicitar este préstamo en abierta violación a lo estipulado por la Constitución Nacional, cuyo artículo 75, inciso 4 establece taxativamente que sólo este órgano, el Congreso, tiene la facultad de contraer empréstitos sobre el crédito de la Nación. Además, en el inciso 7 del mismo artículo dice que sólo el Poder Legislativo nacional tiene la facultad de decidir todo lo concerniente al pago de la deuda interior y exterior de la Nación. El presidente Milei ha violado ese requisito constitucional al enviar al Congreso un Decreto de Necesidad y Urgencia que se limita a informar vagamente a los legisladores sobre el pretendido acuerdo con el Fondo por cuanto nada se dice sobre la cuantía, los plazos de los desembolsos del préstamo y la tasa de interés con la cual debería pagarse. Cabe recordar que con el mismo atropello a las instituciones republicanas obró el actual gobierno argentino cuando su ministro de Economía, Luis Caputo, dispuso que se enviara el oro existente en el Banco Central al exterior sin ofrecer información alguna sobre el propósito y las características concretas de esta operación, que meses después aún continúa siendo un misterio. En el caso que nos preocupa, la solicitud de un crédito al FMI, se viola no sólo la Constitución Nacional sino también la ley 27.612, aprobada en 2021, cuyo artículo segundo dice que “todo programa de financiamiento u operación de crédito público realizados con el FMI, así como también cualquier ampliación de los montos -además de plazos y condiciones- de esos programas u operaciones, requerirá de una ley del Honorable Congreso de la Nación que lo apruebe expresamente.” En resumen, el gobierno de Javier Milei actúa en abierta violación de la Constitución y las leyes de este país, algo que prima facie violaría la propia normativa del FMI cuyo Directorio, en caso de no tomar en cuenta esta situación, se convertiría en cómplice de una violación de la Constitución y las leyes de la Argentina.

Ante este cúmulo de irregularidades la deuda que pudiera contraer la Argentina se convertirá en lo que la jurisprudencia de Estados Unidos tipifica como una “deuda odiosa”, caducando la exigibilidad de su pago a los eventuales acreedores, en este caso el FMI. Esto es algo que ha sido sostenido por Washington desde fines del siglo XIX hasta nuestros días. En 1923 William H. Taft, un exmagistrado de la Corte Suprema de los Estados Unidos, emitió el Laudo Arbitral a favor del recién formado gobierno democrático de Costa Rica y en contra de una reclamación de Gran Bretaña que exigía el pago de una deuda de 250.000 dólares contraída por el régimen dictatorial de Tinoco_Granados” target=”_blank” title=”Federico Tinoco Granados”>Federico Tinoco Granados. Si alguien debía pagar esa deuda era el propio Tinoco Granados y no el pueblo de Costa Rica, según Taft. Mucho después, en el 2003, una vez que la guerra de Irak derrocara a Saddam Hussein Washington convalidó el no pago de la deuda contraída por este gobernante con varios países europeos, arguyendo que la decisión de un dictador no debía comprometer el bienestar de su pueblo una vez restablecida la democracia. La historia habla de muchos otros ejemplos que apuntan en la misma dirección: deudas contraídas al margen de la consulta democrática y de las leyes del país, lo que las convirtió en incobrables. En el caso de la Argentina más aún, dado que hay fundadas sospechas de que este nuevo préstamo solicitado al FMI será utilizado, como ocurriera en 2018, para financiar la fuga de capitales de un puñado de gigantescas empresas y de los grandes capitalistas amigos del régimen en la Argentina. La jurisprudencia, no sólo estadounidense sino también europea, establece que si el prestamista, en este caso el FMI, es consciente de las violaciones al orden legal cometidas por el prestatario debería abstenerse de extender el préstamo. O, en caso de que lo haga como producto de presiones políticas -por ejemplo del gobierno de Estados Unidos dado que es quien dispone del mayor poder de voto en el Directorio del Fondo- ambos se convertirían en cómplices de una deuda fraudulentamente otorgada y contraída y que por eso mismo no crea la obligación de su pago por parte del prestatario.

Espero, señora Georgieva, que el Directorio del Fondo tome en cuenta estas consideraciones y evite incurrir en un nuevo y más resonante escándalo que el producido por el préstamo irresponsablemente otorgado a nuestro país en 2018 y que tanto mal le hiciera a la Argentina y que, además, proyectó internacionalmente una imagen muy negativa sobre la profesionalidad de los criterios que utiliza el FMI para otorgar sus préstamos a los distintos gobiernos del orbe.

Cordialmente,

Atilio Boron