Absolvieron al hombre que se atrincheró con sus hijos en Ciudadela

Absolvieron al hombre que se atrincheró con sus hijos en Ciudadela


Oscar Valdez Carvjajal, el hombre de nacionalidad dominicana que había sido detenido cuando se atrincheró en una vivienda de Ciudadela con sus hijos, en medio de un procedimiento judicial, fue absuelto del delito de resistencia a la autoridad por la juez Lilian Bórquez. Lo que sucedió esa tarde para la jueza «fue por la inexperiencia del oficial de servicio».

La juez Lilian Bórquez este martes absolvió en un juicio rápido a Oscar Valdez Carvajal del delito de resistencia a la autoridad por el que había sido acusado por la Fiscalía, tras ser detenido por atrincherarse con sus hijos en una vivienda de Ciudadela.

Aquella tarde, el hombre había sido detenido en medio de un procedimiento judicial por parte del Grupo Especial de Operaciones Policiales, luego de no querer entregar a sus hijos ante una manda judicial, ya que estos vivían en esa casa que no contaba con ningún tipo de servicios.

Para los procuradores de Fiscalía, Ailén Picollo y Facundo Oribones, en el procedimiento hubo resistencia a la autoridad. «La Policía fue a cumplir una orden con la juez de Familia, y este se negó a cumplirla, se resistió, por eso le dieron intervención a Policía Comunitaria y Geop», dijo Oribones a Crónica. No están conformes con la resolución de la jueza los fiscales y por eso la próxima semana, cuando tengan los fundamentos de la sentencia, podrían interponer un recurso extraordinario.

La defensa había postulado la absolución de Valdez Carvajal por entender que no se pudo acreditar el hecho y que la conducta era atípica; y subsidiariamente antijurídica por el estado de necesidad.

La jueza Lilian Bórquez expresó en su resolución, que de la Orden Judicial inicial se desprende que quienes debían llevar adelante la medida era personal del Servicio de Protección de Derechos, personal civil, no personal policial.

 

«El personal policial acompaña en caso de que exista alguna dificultad. La jueza dispuso este acompañamiento por personal de la Comisaría de Mosconi y de la Policía Comunitaria. No surge cuál fue la labor de la Policía Comunitaria, que están capacitados para estas situaciones. Quedó acreditado que quien comunicó la medida fue un Oficial de Servicio con falta de experiencia”, sentenció la juez Bórquez.

La jueza entendió que “eso precipitó la escalada”. Y que si se hubiese realizado con personal de Protección de Derechos, hubiese sido diferente. La agresión siempre fue verbal y no física, por lo cual, de la valoración de la prueba, según Bórquez, quedan serias dudas de cómo se produce la actuación, cómo se produce la escalada, que a su entender tiene que ver con la inexperiencia del Oficial de Servicio.

La jueza puso en duda respecto al tiempo que duró el evento y de la intervención del Servicio de Protección de Derechos. «La certeza requerida debe surgir de la valoración total de la prueba», continuó la jueza, y dijo que «pareciera que la calificación podría haber sido desobediencia judicial del fuero de Familia y no resistencia a la autoridad», y sostuvo que no se superó la exigencia probatoria de la materialidad del hecho, más allá de toda duda razonable y por eso decidió absolver a Valdez Carvajal por el delito de resistencia a la autoridad.

Hay que recordar que Valdez Carvajal tiene en trámite una causa de abuso sexual agravado y en reiteradas revisiones obtuvo la libertad, pese a la insistencia de la Fiscalía de mantenerlo con prisión preventiva. 

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