Casación ordena nuevamente revisar las condiciones de detención de Leonardo Bertulazzi | Italia pide su extradición por haber pertenecido a las Brigadas Rojas

Casación ordena nuevamente revisar las condiciones de detención de Leonardo Bertulazzi | Italia pide su extradición por haber pertenecido a las Brigadas Rojas

Desde el 1 de julio pasado, Leonardo Bertulazzi está detenido en el Departamento Unidad de Investigación Antiterrorista (DUIA) de la Policía Federal Argentina (PFA). Durante su juventud integró las Brigadas Rojas e Italia reclama su extradición. Javier Milei vio en ese caso una oportunidad para congraciarse con Giorgia Meloni. Pese a que Bertulazzi tiene 73 años, sus condiciones de detención distan de ser acordes a su edad: duerme en un colchón en el piso, no ve la luz natural y está expuesto permanentemente a una radio a todo volumen. Aun así, la jueza María Servini convalidó el arresto. La Cámara Federal de Casación Penal, con las firmas de los camaristas Alejandro Slokar y Ángela Ledesma, le ordenó revisar su detención.

Bertulazzi llegó a la Argentina en 2002 junto a su compañera. Se asentaron en la zona de San Telmo para trabajar con una organización social que desarrollaba sus tareas en el sur de la Ciudad de Buenos Aires. En noviembre de ese año, Interpol lo detuvo y permaneció durante ocho meses alojado en la sede de la PFA en la calle Cavia.

A Bertulazzi se lo acusa de haber participado en el secuestro del empresario Piero Costa, ocurrido en 1977. Desde el Gobierno, además, lo asocian con el asesinato del primer ministro Aldo Moro, pero esa vinculación es intencionalmente falsa: Bertulazzi estaba preso cuando Moro fue asesinado.

En junio de 2003, Servini rechazó extraditarlo porque entendió que ya había sido juzgado en ausencia en Italia. En esa línea, la jueza ordenó su liberación. En octubre de 2004, el Estado argentino le reconoció su estatus de refugiado político. Tener ese estatus implica, en primer lugar, que rige el principio de no devolución.

El 29 de agosto del año pasado, el Gobierno de Javier Milei dio por tierra con esa condición. Le retiró el estatus y, a los pocos minutos, Patricia Bullrich envió a la PFA para detenerlo. En ese momento, la jueza Servini dispuso que permaneciera bajo arresto domiciliario por su edad avanzada y por su estado de salud.

Sin embargo, le colocaron una tobillera electrónica para monitorear en todo momento sus movimientos. El Ministerio de Seguridad, además, instaló una cámara para registrar quiénes ingresaban al domicilio de Bertulazzi.

Para la administración de La Libertad Avanza (LLA), el caso Bertulazzi funcionará como un antecedente para otras personas que gozan del estatus de refugiadas. El 11 de septiembre pasado, Milei modificó por decreto la composición de la Comisión Nacional para los Refugiados (Conare). La reforma tuvo una razón concreta: darle a Bullrich participación directa en la comisión. Le otorgó uno de los cinco comisionados que deciden quiénes son considerados refugiados en la Argentina. En ese momento, el Gobierno justificó el cambio señalando que se buscaba garantizar un análisis de aquellos casos que pudieran representar un “riesgo para la seguridad interior y el orden público”.

El 22 de octubre, Milei modificó por Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) las condiciones para acceder al refugio en la Argentina e incluso recortó los plazos para que se expida el Poder Judicial. Según el nuevo procedimiento, la Conare –integrada por la Vicejefatura de Gabinete, el Ministerio de Seguridad, la Cancillería, el Ministerio de Capital Humano y el Ministerio de Justicia– es la que decide en primera instancia si cesa el estatus de refugiado para una persona. En tal caso, la persona únicamente tendrá cinco días hábiles para interponer un recurso judicial. El fiscal deberá expedirse en 48 horas y la Cámara de Apelaciones contará con un plazo de diez días hábiles. La persona puede llevar su caso ante la Corte Suprema, pero ello no frena la ejecución de la medida.

El 31 de enero pasado, Bertulazzi sufrió un accidente cerebrovascular (ACV) que afectó su visión. En febrero, la jueza Servini llevó adelante las audiencias para determinar si debía ser extraditado a Italia. A diferencia de lo que había resuelto veinte años antes, esta vez la magistrada ordenó su extradición. La defensa de Bertulazzi, encabezada por el abogado Rodolfo Yanzón, llevó el caso a la Corte.

En un fallo exprés, los tres supremos convalidaron lo que había dicho la jueza el 1 de julio pasado. Ese mismo día, Servini ordenó allanar el departamento de Bertulazzi. Además, dispuso su detención y su traslado a la sede de la DUIA. Allí permanece en condiciones penosas, según describió su abogado: duerme en el piso, no ve la luz natural y debe escuchar todo el día una radio a todo volumen. Si es trasladado, lo sacan con casco, chaleco y esposas.

Antes del inicio de la feria, la Cámara de Casación –con los votos de Slokar y Ledesma– revocó la decisión de Servini y le ordenó realizar estudios para determinar si Bertulazzi podía permanecer en un establecimiento policial. La jueza, sin embargo, insistió en mantenerlo en la DUIA.

Contra esa resolución, el abogado de Bertulazzi llevó la discusión al máximo tribunal penal del país. “El informe médico es por demás categórico en cuanto a su estado de salud y menciona posibles agravamientos. Sin embargo, la jueza de grado, si bien lo tuvo en cuenta y hasta resaltó que ‘podría volver a repetirlo’ (un ACV), dijo que su salud no se agravó durante su detención en la DUIA de la Policía Federal Argentina”, advirtió Yanzón en su presentación.

El jueves, Slokar y Ledesma nuevamente volvieron a poner el acento en que la decisión era infundada. “Carece de la información médica suficiente y adecuada para dar una debida respuesta al planteo formulado por la defensa”, explicó Ledesma.

De hecho, el Cuerpo Médico Forense (CMF), al examinarlo, señaló que no había sido evaluado en su totalidad, que existía riesgo de que volviera a sufrir un ACV y que debía ser el Servicio Penitenciario Federal (SPF) –que también depende de Bullrich– el que explicara si contaba con las condiciones necesarias para brindarle la atención que necesita.

Slokar, en su voto, fue más enérgico en su rechazo a la situación a la que está expuesto Bertulazzi. “Al no haber adquirido firmeza la decisión de la Comisión Nacional para los Refugiados, la protección del refugio otorgado el 7 de octubre de 2004 continúa vigente”, señaló el camarista. En otras palabras, lo que dice el juez es que el Gobierno le está dando un trato inaceptable a una persona que todavía goza de la protección que corresponde a los refugiados, lo cual implica un trato más favorable y una interpretación humanitaria.

¿Por qué Slokar sostiene que no está firme la decisión de quitarle el refugio? Porque Bertulazzi impugnó ante el fuero contencioso-administrativo la resolución de la Conare. El Gobierno intentó que se aplicara el procedimiento sumarísimo –establecido a partir del DNU 942–, pero esto fue rechazado incluso por la Corte Suprema días atrás.

El 6 de agosto pasado, los supremos Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti rechazaron el recurso que había presentado la Vicejefatura de Gabinete para apurar los tiempos. La discusión sobre si se le retiró correctamente el estatus de refugiado deberá seguir su curso en el Juzgado Federal 12 del fuero contencioso-administrativo, lo que representa una buena noticia para Bertulazzi, ya que de ese modo evita una extradición exprés como la que pretende el Gobierno de Milei.