Ley de inocencia fiscal: “Se creó un régimen simplificado de presentación del impuesto a las ganancias”

Ley de inocencia fiscal: “Se creó un régimen simplificado de presentación del impuesto a las ganancias”

El nuevo régimen simplificado de declaración jurada del Impuesto a las Ganancias, enmarcado dentro de la llamada ley de inocencia fiscal, despierta un fuerte interés entre contribuyentes que buscan regularizar su situación patrimonial. En este contexto, este medio se comunicó con la tributarista, Valeria Díaz.

“Con nuestra nueva ley de inocencia fiscal se creó un régimen simplificado de presentación del impuesto a las ganancias”, explicó Valeria Díaz, y aclaró que no se trata de un régimen obligatorio: “El contribuyente puede optar o no por adherir al régimen. O sea, es opcional”.

Cuáles son los requisitos para adherir

El esquema está dirigido a personas humanas y sucesiones indivisas residentes en Argentina, pero no todos pueden adherir. En este contexto, enumeró los requisitos: “Es fundamental que los ingresos totales del contribuyente, ya sean grabados, exentos o no grabados, no superen la suma de 1.000 millones de pesos”.

Además, Díaz resaltó que existe un tope patrimonial: “Que el patrimonio total de bienes que tiene en el país y en el exterior el contribuyente, ya sean grabados o no grabados por bienes personales, no supere el monto de 10.000 millones de pesos. Si supera ese monto, no puede adherir a este régimen simplificado”.

A eso se suma una exclusión clave: “El otro punto es no estar calificado como gran contribuyente nacional”. Uno de los puntos más sensibles es el impacto sobre quienes hoy están en el monotributo. Según explicó: “A pagar ganancias, porque no contempla al monotributista”.

¿Podrían sacarse los dólares de debajo del colchón?

Sin embargo, la entrevistada remarcó que el espíritu del régimen apunta a otro objetivo: “¿A qué incita este régimen a sacar los dólares del colchón? Al que no tenía blanco incita a esto”.

El incentivo central está en el cambio del cálculo del impuesto: “Ahora el contribuyente no entra a jugar el monto consumido, la variación patrimonial. El contribuyente tiene ese beneficio, entonces incita a que saquemos esos dólares que se pueden tener debajo del colchón”.

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