Agostina Páez permanece en Brasil con prohibición de salida del país y control mediante una tobillera electrónica, en una causa que, según su abogado defensor, Sebastián Robles, presenta serias irregularidades procesales. “Es una medida totalmente desproporcionada y arbitraria, ya que no cuenta con un plazo razonable”, señaló en Modo Fontevecchia, por Net TV y Radio Perfil (AM 1190), y destacó que “hasta el momento no hay una acusación formal” por parte del Ministerio Público brasileño, que, pese al tiempo transcurrido, “no tenemos respuesta de la justicia brasileña”.
Sebastián Robles es un abogado penalista con experiencia previa como fiscal de instrucción penal. Representa a Agustina Páez, abogada retenida en Brasil bajo cargos de injuria racial tras un incidente en un bar de Río de Janeiro. Ha impulsado recientemente una vía hábeas corpus para intentar que la justicia brasileña le permita regresar a Agostina al país, cuestionando el uso de la tobillera electrónica y la falta de una imputación formal hasta la fecha.
¿Cuál es la situación actual de su defendida?
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La situación procesal de Agostina es un hecho en el cual ya todos tenemos conocimiento. Actualmente se encuentra con una medida de prohibición de salida del país vecino, de Brasil, controlado, obviamente, con una tobillera electrónica. Esa medida nosotros hemos solicitado que se armonice. Obviamente, ya estamos trabajando conjuntamente con los abogados de de Río de Janeiro y hemos solicitado, mediante la vía corporativa, la morigeración de esa medida, ya que consideramos que se encuentra totalmente desproporcionada, arbitraria, ya que no cuenta con un plazo razonable y, hasta el día de la fecha, no tenemos respuesta por parte de la justicia brasilera. Es por eso que también, paralelo a eso, hemos realizado una petición ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en la que se solicitó las medidas cautelares pertinentes para poder destrabar esa situación, que Agostina pueda volver a su país, someterse, obviamente, al proceso conforme a lo que manifiesta algún pues de garantía del del país vecino.
El abogado que ella tendría que tener, ¿no tendría que estar en Brasil?
Sí, estamos trabajando nosotros con el Dr. Roitman en Brasil. Es un estudio jurídico de Río de Janeiro, en el cual conjuntamente estamos haciendo las presentaciones y vamos analizando las distintas situaciones. La petición a la Comisión Interamericana la hice yo.
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¿Puede llevarle años la petición en la Comisión Interamericana?
Sí, la petición está ahora, actualmente está en análisis de estudio, es lo que nos notificaron. Planteamos ahí la excepción del artículo 42 de la convención. Obviamente puede llevar años, y como también puede ser que el proceso en Brasil también dure aproximadamente un año, que es hasta que el proceso finiquite y se pueda llegar a una condena o a una solución.
¿Qué le dice el estudio brasileño con el que usted trabaja en conjunto? ¿Cuál es la expectativa que tiene que pudiera ser la sanción? ¿Qué otros casos hay de extranjeros que hayan pasado por la misma situación? O sea, ¿qué nos dice la experiencia de casos similares?
A partir del año 2023, hace muy poco, mediante una ley, ellos han equiparado lo que es la injuria, gracias al artículo 140 del Código Penal de Brasil, la han equiparado a una injuria común con una injuria racial. Es decir, que equiparan el racismo con la injuria racial en su manera estructural. ¿Qué quiere decir eso? Que es imprescriptible e inafianzable dicho delito. De ahí para adelante tiene una escala penal de 2 a 5 años. La experiencia brasilera ha sido muy poca con respecto a los extranjeros. Sí se han dado con cuestiones de brasileños. Uno de los de los últimos hechos fueron las jugadoras de River, del plantel femenino de River, en el cual también hicieron estos tipos de gestos y estuvieron casi 66 días en Brasil hasta que un juez de garantía se apiadó, por una forma de decir, y pudo levantar la medida de restricción de salida del país y someterse al proceso desde la Argentina.
Es decir que no está concluido ese proceso, pero bueno, es lo que nosotros tratamos de hacer lo más rápido posible. En ese momento, acá Agostina es la única persona que se está manteniendo, no son de familia pudiente. Allá las jugadoras de River el club le le pagaba departamento y comida. Es decir que estamos en una situación de que no sé hasta cuándo Agostina podrá sostener esa estadía en Brasil.
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¿Y casos de otros extranjeros que fueran condenados existe? O, como fue una modificación hecha en 2023 y los juicios duran un año, todavía no tenemos antecedentes de si la condena es dos años o cinco.
Exactamente, no hay antecedentes condenatorios por este hecho en Brasil. Hemos buscando y el mismo estudio brasileño me dice: “No hay antecedentes condenatorios. Sí es un proceso muy duro, es un delito muy grave que ya lo toma Brasil como un proceso muy extenso”. Aparte el código de procedimiento brasileño es muy distinto al argentino, es muy inquisitivo. Ese código de procedimiento lleva toda una etapa de jueces municipales. Intervienen jueces ya jurisdiccionales, jueces de garantía. Pasa un Ministerio Público, el Ministerio Público debería hacer la acusación formal de esa petición hacia Agostina, que hasta el momento todavía no la hizo. Es decir que no hay una acusación formal. Hay un inicio de investigación por parte de la Policía Federal, interviniendo con un juez municipal, que le llaman ellos, en el que es la aplicación, aplica esta medida de la prohibición de salida del país.
La denuncia la hace la policía, pero más allá de que le haga la policía, ¿alguno de los que recibieron el insulto son denunciantes o actuó de oficio la policía?
No. La denuncia la hace uno de los integrantes de ese bar, que eran aproximadamente tres personas. Una de las personas que se la ve realizando gestos obscenos y otra persona que se encontraba en un costado grabándola a a las chicas, que ya venían anteriormente grabándolas desde adentro del local, realizándole insultos que no sabemos cuáles son, porque las chicas no entendían el portugués.
Por lo tanto, ya la venían como diciéndole cosas como para que ella reaccionara. No solamente el bar este ya ha tenido varias denuncias de este estilo, que cobran de más a los turistas argentinos y han tenido varias denuncias también en defensa del consumo en Brasil, que eso nos han llegado por medio de una red social privada, nos llegó a nuestras manos.
Los dos casos que existen son con argentinos: jugadoras de River y este caso. ¿No hay casos de extranjeros haciendo gestos que hayan sido encuadrados dentro de otra reforma a la ley de 2023?
Los dos casos más fuertes que son de retenciones de extranjeros en Brasil son argentinos.
Algo habla, porque que otros turistas no realizan gestos de este tipo. Más allá de que a todas luces parece un poco exagerado por parte de Brasil, habla también de que nosotros necesitamos hacer una reeducación respecto a la segregación racial, de nuestra ignorancia de cuánto dolor puede producir eso.
Seguramente. Esto, más un delito en Brasil, es un delito totalmente cultural. Es un delito que ya viene, por una cuestión más sensible en cuanto a la esclavitud. El artículo 140 del Código Penal de Brasil ya existía. A esto se lo ha transformado y se ha equiparado, como le dije en un primer momento, con ese delito de racismo. Acá hay es una cuestión más subjetiva. Se debería determinar o se debería analizar desde el punto de vista jurídico si Agustina es racista o no, si hay antecedentes de racismo. Es decir, es un análisis muy minucioso que que se debería hacer, pero evidentemente tiene una sola mirada de la perspectiva de de las investigaciones y del juez que determinó esta medida.
RM CP










