El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados y Funcionarios de Córdoba dio a conocer hoy, 20 de mayo, los fundamentos que llevó a los cinco integrantes en forma unánime a destituir de sus cargos a los fiscales Javier Di Santo, Daniel Miralles y Luis Pizarro. La sentencia, que pone fin a su función en el Poder Judicial, se basó en la acreditación de una «negligencia grave» y un «mal desempeño» sistemático durante las casi dos décadas de investigación del femicidio de Nora Dalmasso.
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El eje de la destitución: el abandono de la «pista Bárzola»
El argumento central del Jurado -presidido por la legisladora Julieta Rinaldi- es que los tres fiscales, de manera sucesiva, «desatendieron y relegaron sistemáticamente una línea investigativa razonable» que apuntaba a Roberto Marcos Bárzola, un obrero que trabajó en la casa de la víctima.
A pesar de que el parquetista admitió haber estado en la vivienda en la ventana temporal del crimen y brindó explicaciones «claramente inconsistentes», los fiscales abandonaron prematuramente esta pista para enfocarse de forma obsesiva en el entorno familiar. Según los fundamentos, los instructores ignoraron alertas del FBI y del Ceprocor que, ya en 2008 y 2011, sugerían investigar a los trabajadores y advertían sobre perfiles genéticos desconocidos en la escena que no pertenecían a los Macarrón.
Hipótesis «ad hoc» y persecución al entorno familiar
El Jurado fue tajante al señalar que los fiscales «invirtieron el cauce lógico de la investigación»: en lugar de partir de las pruebas para construir una hipótesis, concibieron de antemano una narrativa subjetiva y luego intentaron «forzar» los elementos probatorios para que encajaran en ella.
En una apretadísima síntesis de la sentencia, que tiene más de 220 páginas, se pueden citar las principales recriminaciones sobre cada uno de ellos.
A Javier Di Santo le reprochan haber imputado a Facundo Macarrón (hijo) bajo una sospecha leve basada en prejuicios sobre su orientación sexual, manteniéndolo bajo proceso por más de cinco años pese a que su coartada en Córdoba capital estaba corroborada.
Sobre Daniel Miralles, su actuación fue calificada de «especulativa» al imputar a Marcelo Macarrón (el viudo) como autor material, basándose en la teoría de un supuesto «vuelo clandestino» desde Uruguay que no contaba con ningún registro aeronáutico ni sustento fáctico.
A Luis Pizarro el Jurado le criticó que modificara la acusación hacia una «hipótesis conspirativa» de sicariato e instigación intelectual por parte del viudo, sin identificar nunca a los ejecutores materiales ni probar la existencia de un pago o pacto criminal.
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Falta de perspectiva de género y riesgo de impunidad
La sentencia destaca que los fiscales incumplieron con el deber de «debida diligencia reforzada» exigido en casos de violencia contra la mujer. En lugar de una investigación exhaustiva, el Jurado advirtió un patrón de desidia que permitió que la causa llegara a la prescripción, privando a la sociedad y a las víctimas de conocer la verdad.
El fallo resalta que, cuando un nuevo fiscal, Pablo Jávega, retomó la causa siguiendo criterios elementales de razonabilidad, logró en poco tiempo vincular a Bárzola con el crimen mediante pruebas genéticas que siempre estuvieron disponibles pero que sus antecesores omitieron cotejar.
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Un mensaje institucional
Para el Jurado, la remoción no busca sancionar una «discrepancia de criterio», sino un abandono de la función que afectó la confianza pública en la justicia. Los fundamentos concluyen que los fiscales demostraron una falta de idoneidad ética y profesional al ignorar indicios determinantes, lo cual es incompatible con la permanencia en sus cargos.
Con esta resolución, Di Santo, Miralles y Pizarro quedan inhabilitados de forma absoluta para desempeñar cargos en la Justicia Provincial.
Las defensas de los tres comenzarán a partir de hoy en un recurso de casación que colocará el caso en manos del Tribunal Superior de Justicia y, de no prosperar una respuesta favorable a sus pretensiones, ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Así lo adelantaron.









