El giro adoptado por el actual gobierno nacional, tras haber sostenido, desde su asunción del cargo, una política inversa a lo preceptuado por la Disposición Transitoria Primera de la Constitución Nacional, acentuada su postura por varios de sus seguidores, al extremo de afirmar que la Islas Malvinas nunca fueron ni serán argentinas, despierta sospechas de autenticidad.
En efecto, resulta difícil calibrar si el giro copernicano practicado por Javier Milei es auténtico, o mera postura para mejorar su alicaída aprobación política.
Más allá de la convicción popular del inocultable fracaso de la política económica del Presidente Javier Milei, la reaparición de la invocación de la seguridad nacional, trae a nuestra memoria la criminal experiencia, que imbrica en la práctica, atroz y aberrante, de la desaparición forzada masiva de personas, los fusilamientos encubiertos bajo título de enfrentamiento con “guerrilleros subversivos”, llevada adelante por el denominado “proceso de reorganización nacional”.
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Ello justifica pensar que la Cuestión Malvinas puede no ser más que un mascarón de proa para ocultar la política de aferrarse al poder del actual desprestigiado gobierno.
Diez razones de por qué Malvinas podría volverse contra Milei
La “voz de la calle”, como se denomina en el lenguaje periodístico a la consulta pública sobre la bronca, ira o malestar por la pobreza y desesperación que insufla al pueblo argentino el fracaso del plan económico, con la consecuente pérdida de vida digna, se resume en una sonora, cuan justa consigna: “que se acabe este gobierno”.
Desde inicios de 2024 organizaciones de derechos humanos y personalidades de la política y el movimiento social, hemos introducido señeros pedidos de juicio político (art. 53 y c.c. de la C.N.), enderezados centralmente contra el titular del PEN y quiénes acompañan su desastrosa gestión.
Como ya hemos destacado en anteriores publicaciones, la Comisión de Juicio Político de la Cámara de Diputados, no ha tenido una sola reunión orgánica desde el 11 de diciembre de 2023, hasta la fecha. Ello, por las maniobras concertadas entre el Presidente de la Cámara de Diputados, Martín Menem, y su fiel ladera, Lilia Lemoine, actual Presidente de la Comisión de Juicio Político, lo que es una burla para todo el pueblo, dada su probada ineptitud institucional.
Debe destacarse que todos estos pedidos de enjuiciamiento y remoción, por mal desempeño e hipótesis de delitos cometidos en el ejercicio del cargo público, expresan el empleo del canal institucional del texto histórico de la Constitución de 1853/60, para remover del cargo a quiénes no honran, en su desempeño cotidiano, el juramento a la asunción del cargo de: “…cumplir y hacer cumplir en cuanto de mi dependa, con la Constitución Nacional…”
En efecto, atendiendo a los actos de violencia institucional que genera el actual Gobierno Nacional, los sectores democráticos de la ciudadanía, conscientes del creciente clamor del pueblo argentino, han promovido la vía institucional correcta para cumplir con la manda del art. 36 de la C.N, deber de obediencia a la supremacía constitucional.
Ninguna doctrina de seguridad nacional brindará solución al fracaso del plan económico y el consecuente cuan creciente malestar del pueblo argentino; tampoco resolverá el inocultable desprestigio de la figura del Presidente de la Nación, por su postura y carencias de lenguaje institucional, evidenciado en cuanto evento participe. Baste recordar el reciente elogio al ex dictador A. Pinochet, y su admiración por la ex premier británica Margaret Thatcher, artífice de la Guerra de Malvinas y la prosecución de la usurpación colonialista en el territorio insular y el Atlántico Sur.
Rige el dicho popular “…en boca de mentiroso, lo cierto se hace dudoso…”
Una política anti-colonialista sincera exige una coherencia entre la política nacional y la internacional.
Mal que le pese al actual Presidente de la Nación, todos sus denuestos contra el derecho y las organizaciones internacionales, le juegan en contra, al pretenso cambio de postura, tanto en el ámbito nacional como internacional.
Es previsible que la Resolución 1514 (1962) de la Asamblea General de la ONU, conocida como la Declaración Anticolonialista, que expresa la conciencia jurídica de la humanidad en el Siglo XX, no sea conocida por el titular del PEN; no aparece en sus discursos donde erróneamente le asigna a los kelpers el derecho de auto determinación, sin tener en cuenta los pronunciamientos de la ONU, que aplicó su Res.1514 para desconocerle a la poblaciones implantadas por los ocupantes territoriales el derecho de auto determinación.
Antes que proponer un Consejo de Seguridad resultaría más fructífero el gestar la creación de una Comisión Bicameral de seguimiento de la Cuestión Malvinas y Atlántico Sur, integrada respetando la proporcionalidad que figura en los Reglamentos de ambas Cámaras, porque ellos son los representantes del pueblo de la Nación Argentina, (art. 22, C.N.) titular de la soberanía (art. 33, C.N.), y quiénes tienen la obligación de cumplimentar lo que disponen los arts. 1.2 de los Pactos Internacionales de la ONU, que declaran de titularidad de los pueblos el conjunto de las riquezas y recursos naturales existentes en sus territorios.
Se trata de las normas de mayor jerarquía del Derecho Internacional de los Derechos Humanos, vinculantes para todos los países que integran la ONU, y que invisten jerarquía de cláusula constitucional en el orden jurídico positivo de la Nación Argentina (art. 75, inc. 22º, C.N.).
Es con dicha manda institucional que se debiera gestar el reclamo diplomático, que cuenta con gran consenso en el conjunto de las naciones, y no comprando armamentos. Mucho menos rescatando el perverso discurso de la seguridad nacional, que terminó, en fallo histórico (Causa 13/84), declarado el “plan criminal”.









