La Corte Suprema de Justicia de la Nación declaró inadmisible el recurso extraordinario presentado por las defensas de los represores Ernesto Guillermo Barreiro, Carlos Enrique Villanueva y Carlos Alberto Díaz, condenados por delitos de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura cívico-militar en una casa quinta que funcionó como centro clandestino de detención en Villa Parque Guiñazú.
El fallo del 18 de junio último dejó firme la sentencia dictada por el Tribunal Oral Federal N° 2 (TOF2) de Córdoba en abril de 2023, que condenó a los tres ex integrantes del Destacamento de Inteligencia 141 del Ejército como coautores de los delitos de privación ilegítima de la libertad, imposición de tormentos e imposición de tormentos seguidos de muerte.
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Durante el juicio, la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación intervino como querellante junto al Ministerio Público Fiscal. El veredicto hizo lugar al pedido formulado por la fiscalía en sus alegatos y dispuso la unificación de esta condena con la pena que los imputados ya habían recibido en la megacausa La Perla en 2016, estableciendo una pena única de prisión perpetua.
Los hechos juzgados ocurrieron en agosto de 1979. Rubén Amadeo Palazzesi, José Jaime Blas García Vieyra y Nilveo Teobaldo Domingo Cavigliasso fueron secuestrados por integrantes del Destacamento de Inteligencia 141 y trasladados a la Quinta Guiñazú, donde funcionó un centro clandestino de detención.
Palazzesi militaba en las Fuerzas Armadas Peronistas (FAP) y en el Peronismo de Base, al igual que su cuñado Cavigliasso, quien además era delegado sindical de SMATA. Según se acreditó durante el debate oral, las tres víctimas fueron sometidas a brutales sesiones de tortura.
Tras varios días de cautiverio, dos integrantes de un grupo de tareas de la ESMA, cuya identidad aún no pudo ser determinada, llegaron al lugar para interrogar a Palazzesi. Como consecuencia de los tormentos sufridos, la víctima murió en cautiverio. García Vieyra y Cavigliasso fueron posteriormente trasladados a otros centros de detención y recuperaron la libertad en los comienzos de la década del 80.
El mismo día, en otra resolución la Corte Suprema rechazó un recurso de la defensa del represor Jorge Exequiel Acosta, condenado a prisión perpetua por más de 450 crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura, entre ellos privación por el TOF1, que le concedió a fines del año pasado la prisión domiciliaria.









