una provincia deberá pagar una suma millonaria a dos mujeres que fueron cambiadas al nacer hace 49 años

una provincia deberá pagar una suma millonaria a dos mujeres que fueron cambiadas al nacer hace 49 años

Dos mujeres que nacieron en 1977 en un hospital de Córdoba descubrieron, 46 años después, que fueron intercambiadas por error y no crecieron con sus respectivas familias biológicas. Ahora, la Justicia condenó al Estado provincial a indemnizarlas con sumas millonarias por daño moral.

Ambas mujeres, cuyas identidades no fueron suministradas por la justicia, nacieron el mismo día del año 1977, en el mismo centro de salud pero ninguna de ellas se crió con sus padres. Según la Justicia, se debió a un «error o negligencia» del Estado.

La verdad se descubrió cuando una de las damnificadas se presentó ante la Comisión Nacional por el Derecho a la Identidad (Conadi). A través de una investigación y análisis de ADN, se confirmó que la mujer no tenía lazo biológico con su familia de crianza y además que otra mujer había nacido en esa maternidad en la misma fecha, con quien había sido intercambiada.

De esta manera, el juez en lo Civil y Comercial 35 de la ciudad de Córdoba, Mariano Díaz Villasuso, consideró acreditado que las familias de crianza no eran -en realidad- sus familias biológicas y que el intercambio era responsabilidad del Estado.

Díaz Villasuso condenó al Estado provincial a indemnizar a tres mujeres por el daño moral producido por el intercambio de recién nacidas. Las dos niñas entregadas a otras familias (hoy adultas) y la madre de una de ellas (que crió a una beba que no era su hija biológica) recibirán indemnizaciones de entre 25 y 30 millones de pesos, más intereses.

“Parece acaso evidente que la principal obligación de una maternidad es brindar la diligencia necesaria y suficiente para que el parto se lleve a cabo en condiciones de seguridad y, luego, que los bebés sean entregados a sus respectivas familias”, marcó el funcionario judicial.

Sobre la condena por daño moral, el juez Diaz Villasuso sostuvo que «el erróneo intercambio de bebés al momento de nacer, que llevó a que no sean entregadas a sus familias biológicas, produjo –en definitiva- la adulteración/sustitución de la identidad personal y familiar» de las víctimas y resaltó que el derecho a la identidad es un derecho humano esencial.

El magistrado expresó que el daño provocado a estas tres mujeres resulta sumamente difícil de estimar en su verdadera dimensión vital. “Baste con imaginar el profundo impacto que debe tener para una persona conocer, luego de haber transitado gran parte de su vida adulta (niñez, adolescencia y madurez), que su familia de crianza (padres y hermanos) en realidad no es su familia biológica, porque fue intercambiada con otra persona al momento de nacer”, marcó.

En la sentencia, además, el juez descartó que el hecho guarde relación con la última dictadura cívico-militar, aun cuando las mujeres nacieron en un centro de salud que formó parte del circuito represivo en aquella época.

En este caso concreto, las mujeres que dieron a luz a las niñas ingresaron al hospital de manera libre y voluntaria el día del parto, indicó el magistrado.

Esta conclusión fue reforzada porque los perfiles genéticos de las involucradas no arrojaron coincidencias con familiares de personas secuestradas o desaparecidas del Banco Nacional de Datos Genéticos.

star111 login

betturkey giris

https://vsetut.uz

lottostar

https://slotcoinvolcano.com

lottostar

super hot slot

hollywoodbets mobile

pusulabet giris

yesplay bet login

limitless casino

betturkey guncel giris

playcity app

sun of egypt 4

moonwin

aviamasters

jeetwin

winnerz

lukki

croco casino

playuzu casino

spinrise

discord boost shop

fairplay

betsson

boocasino

strendus casino

sun of egypt 2 casino

gbets login

playwise365

amon casino

betmaster mx

verde casino

winexch

prizmabet

solar queen

quatro casino login

springbok