Una ley no puede reparar por completo el daño que deja una tragedia. Tampoco puede devolver una vida ni borrar las consecuencias de un abuso.
Pero el Congreso tiene la responsabilidad de revisar las herramientas jurídicas disponibles para proteger a las personas, prevenir daños y evitar que quienes deben responder ante la Justicia encuentren un beneficio en las limitaciones de nuestras normas.
Con esa convicción, junto con Pablo Farías, José Núñez y Oscar Herrera Ahuad, solicitamos a la presidenta de la Comisión de Legislación Penal, Laura Rodríguez Machado, el pronto tratamiento de tres proyectos. Abordan problemas diferentes, pero comparten una preocupación central. Detrás de cada expediente hay víctimas que necesitan una respuesta.
Abusos sexuales en niños: de cada mil casos, apenas uno llega a recibir una condena penal efectiva
Dos de esas iniciativas, presentadas por Pablo Juliano y Luciana Potenza, proponen revisar el régimen de prescripción de los delitos contra la integridad sexual cometidos contra menores de edad. Quienes sufrieron estos hechos pueden necesitar años para comprender lo vivido, encontrar las palabras y reunir las condiciones para denunciar.
El miedo, la dependencia y los vínculos con el agresor pueden prolongar ese silencio.
Debemos discutir cómo evitar que el tiempo termine frustrando la investigación y el juzgamiento. También corresponde analizar las consecuencias de la rebeldía de un imputado. Sustraerse de la Justicia no debería convertirse en una ventaja por el transcurso de los plazos.
La tercera iniciativa es el proyecto 3960-D-2026, de mi autoría, que propone agravar las penas por muertes y lesiones graves o gravísimas provocadas por perros potencialmente peligrosos. Su finalidad es salvar vidas mediante una mayor responsabilidad de quienes tienen estos animales a su cargo.
Las muertes de niños y los ataques con consecuencias irreparables nos obligan a actuar. Tener un animal implica asumir deberes concretos de cuidado. Cuando una persona genera o incrementa un riesgo por negligencia, imprudencia o incumplimiento de esas obligaciones, corresponde determinar su responsabilidad.
El proyecto distingue esas conductas del uso deliberado de un perro para atacar. Propone penas de cuatro a seis años cuando la falta de cuidado cause una muerte y de dos a cuatro años por lesiones graves o gravísimas. Si existe utilización intencional, contempla de ocho a veinticinco años por homicidio y de tres a diez años por esas lesiones.
Buscamos incentivar una convivencia responsable y proteger la integridad de las personas. Las provincias y los municipios conservan sus competencias sobre tenencia y control de animales. Al Congreso le corresponde discutir la respuesta penal.
El acompañamiento de otros legisladores permite impulsar esta agenda. Ahora necesitamos debatir los textos, escuchar aportes y realizar las modificaciones que resulten necesarias. Proteger a las víctimas exige decisiones concretas. Cada demora debe hacernos pensar en quienes esperan justicia y en las vidas que todavía podemos ayudar a cuidar.









